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Directora: Sra. María Angélica Ulloa G.
Dirección Avenida Colón N° 585.
Teléfono: 61 2 200557
Correo Electrónico: angelica.ulloa@e-puntaarenas.cl

En virtud a lo establecido en Decreto Alcaldicio N° 2886 de fecha 20/08/2009, mediante el cual se modifica el Reglamento de Estrutura y Funciones de la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, las funciones asignadas a la Direccion de Bienestar son:


FUNCIONES GENERALES

  1. Proponer y ejecutar acciones de Bienestar para el personal de la Municipalidad de Punta Arenas.
  2. Administrar los recursos financieros del Servicio de Bienestar.
  3. Elaborar y controlar la ejecución de los planes y programas de prevención de riesgos.

FUNCIONES ESPECíFICAS

  1. Supervisar el cumplimiento de los convenios existentes con Salas Cunas, Jardines Infantiles y otros relacionados con las materias de la Dirección.
  2. Proponer acciones de bienestar para el personal municipal.
  3. Cumplir las funciones de Secretaría Ejecutiva del Comité de Bienestar.
  4. Asesorar al Comité de Bienestar en materias de su competencia, manteniendo con dicho Comité una comunicación permanente.
  5. Velar por el cumplimiento del Reglamento del Servicio de Bienestar de la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas.
  6. Coordinar con otros órganos públicos y privados, la administración y mantención de un eficiente sistema de bienestar para el personal municipal.
  7. Promover convenios con empresas públicas y privadas que faciliten programas de bienestar para el personal municipal.
  8. Organizar programas de bienestar para el personal y coordinar las prestaciones que correspondan a favor de los funcionarios municipales.
  9. Recepción y revisión solicitud de beneficios de los funcionarios afiliados al Servicio de Bienestar.
  10. Cálculo, liquidación y pago de beneficios u otras prestaciones de bienestar que se otorguen a los funcionarios.
  11. Efectuar conforme a los acuerdos del comité todos los gastos y pagos que deba hacer la Dirección de Bienestar.
  12. Mantener ficha actualizada de cada afiliado al Bienestar.
  13. Mantener un registro de todos los beneficios pagados a cada socio.
  14. Preparar planillas de descuentos para su envío al Departamento de remuneraciones.
  15. Ejecutar los acuerdos adoptados por el comité de Bienestar.
  16. Mantener un sistema administrativo contable y de control financiero de los recursos administrados.
  17. Asesorar y colaborar con el Alcalde y unidades municipales en todas las materias relacionadas con el cumplimiento del Reglamento de orden, higiene y seguridad en el trabajo.
  18. Asegurar la provisión de la ropa de trabajo y de los elementos de protección al personal municipal y controlar su correcto uso.
  19. Estudiar y proponer proyectos o programas en materia de prevención de riesgos y enfermedades profesionales.
  20. Conocer, informar y registrar las denuncias de accidentes en el trabajo.
  21. Realizar otras funciones que le asigne el Alcalde de conformidad con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la ley asigna a otras unidades.

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