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Con fecha 4 de Julio de 2008, fue publicada la Ley N° 20.280 que modificó el artículo 24° del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales, la que dejó sin efecto la declaración de capital propio que debían hacer los contribuyentes directamente en los municipios.

Además, agregó que para la deducción de la parte del capital propio que se encuentre invertida en otros negocios o empresas afectas al pago de patente municipal, el contribuyente deberá acompañar un certificado extendido por la o las municipalidades correspondientes a las comunas en que dichos negocios o empresas se encuentran ubicados.

CERTIFICADOS DE INVERSIÓN

QUIENES PUEDEN ACCEDER A CERTIFICADOS DE INVERSIÓN:

  • Los contribuyentes de cualquier comuna de Chile, que mantenían inversiones al 31 de Diciembre de 2020 en empresas radicadas en esta comuna, podrán solicitar los certificados respectivos a partir del  15 de abril de 2021.
  • Sólo se emitirán certificados de inversiones de empresas receptoras que cuenten con patente vigente en esta comuna.

Antecedentes a Presentar en la Municipalidad:

  1. Balance General al 31 de Diciembre de 2020 de la empresa inversora.
  2. Detalle de las inversiones a valor Tributario.
  3. Si las inversiones las contabiliza en una sola cuenta, debe adjuntar análisis de ésta.
  4. Certificado emitido por la empresa receptora de las inversiones, con la valorización de la inversión.

Revisión de antecedentes:

Si los antecedentes presentados están correctos, la solicitud será procesada y se le enviará vía correo electrónico al contribuyente y/o empresa, según corresponda.

Si la revisión de los antecedentes rechaza la solicitud, se le notificará al contribuyente el motivo de su rechazo por correo electrónico, quedando la solicitud pendiente.

REBAJA DE CAPITAL POR INVERSIONES

QUIENES PUEDEN ACCEDER A REBAJA DE CAPITAL POR INVERSIONES:

  • Los contribuyentes de la comuna de Punta Arenas que cuenten con patente vigente y en calidad de casa matriz registradas en este municipio.
  • Que además de lo anterior cuenten con Certificados de Inversión emitidos por otras municipalidades.
  • Las empresas inversoras con domicilio comercial en esta comuna que no registren patente vigente deben regularizar su situación.

El Municipio tramitará las solicitudes enviadas por el contribuyente una vez que el Departamento recepcione los antecedentes correspondientes, de acuerdo a la normativa vigente.

Para solicitar Rebaja:

Deberá formalizar la solicitud de rebaja de la inversión, mediante formulario dispuesto para el efecto.

Antecedentes a Presentar en la Municipalidad:

CERTIFICADOS DE INVERSIONES ORIGINALES EMITIDOS POR OTROS MUNICIPIOS.

Revisión de antecedentes:

Si los antecedentes presentados están correctos, la solicitud será procesada y se le enviará vía correo electrónico al contribuyente y/o empresa, según corresponda.

Si la revisión de los antecedentes rechaza la solicitud, se le notificará al contribuyente el motivo de su rechazo por correo electrónico, quedando la solicitud pendiente.

DECLARACIÓN DE NÚMERO DE TRABAJADORES

QUIENES PUEDEN ACCEDER A LA DECLARACIÓN DE TRABAJADORES

Desde el mes de mayo los contribuyentes que registran patente vigente en este municipio en calidad de casa matriz, y además mantienen sucursales, pueden declarar sus trabajadores, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 25° del D.L. 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales.

Esta municipalidad determinará y comunicará, tanto al contribuyente como a las municipalidades vinculadas, la proporción del capital propio que corresponda a cada sucursal, establecimiento o unidad de gestión empresarial.

Para estos efectos, el contribuyente deberá presentar, dentro del mes de Mayo de cada año, en la municipalidad en que se encuentra ubicada su casa matriz, una declaración en que se incluya el número total de trabajadores que laboran en cada una de las sucursales, oficinas, establecimientos, locales u otras unidades de gestión empresarial.

Si bien es cierto que el SII incorporó a contar del año tributario 2010 la declaración jurada 1802 Declaración Jurada Anual sobre trabajadores según Casa Matriz o Sucursales, en la que los contribuyentes deben declarar el número de trabajadores a ese organismo, la Ley de Rentas Municipales no ha sido modificada, de manera que igualmente los contribuyentes deben informar dicha cantidad en los respectivos municipios.

El incumplimiento de esta declaración será causal de una multa establecida en el Art. 56° de la Ley de Rentas Municipales N° 3.063.

En caso que Ud. tenga consultas puede realizarlas a los siguientes mails: rentasypatentes@e-puntaarenas.cl, fabiola.gonzalez@-puntaarenas.cl, jcastreje@e-puntaarenas.cl

Para Declarar N° de Trabajadores:

Deberá llenar formulario de declaración de trabajadores dispuesto para el efecto. PLAZO 31 DE MAYO 2021.

Envío de formulario:

El formulario puede ser enviado por correo electrónico, escaneado, y debidamente firmado por la persona responsable de la información al correo electrónico fabiola.gonzalez@e-puntaarenas.cl, o bien entregarlo en el mesón de atención de público del Dpto. de Rentas y Patentes, Avda. Colón N° 1209.

Revisión de antecedentes:

Si los antecedentes presentados están correctos, la solicitud será procesada y se le enviará vía correo electrónico al contribuyente y/o empresa, según corresponda.

Si la revisión de los antecedentes rechaza la solicitud, se le notificará al contribuyente el motivo de su rechazo por correo electrónico, quedando la solicitud pendiente.

Formularios

Formulario declaracion trabajadores 2021
Solicitud de certificado, Rebaja inversiones 2021
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